La modificación de la capacidad jurídica, anteriormente llamada incapacitación civil, es una medida de protección y asistencia para la toma de decisiones previstas por la ley. Afecta a personas que precisan apoyos para valorar y tomar decisiones en su esfera personal y patrimonial, proteger sus intereses, defender sus derechos y ejercer sus obligaciones.

Las personas con demencia pueden llegar a perder la capacidad para tomar decisiones sobre su vida y es necesario que otra persona, un familiar en la mayor parte de los casos, asuma esa responsabilidad.

Según el Código Civil, son causa de modificación de la capacidad jurídica las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma (art. 200). Por tanto, está indicado en personas con deterioro cognitivo grave, discapacidad intelectual o enfermedad mental grave.

Es una medida de protección, no de anulación de la persona. La fórmula es revisable en el tiempo y ajustable a las necesidades.

El procedimiento legal se inicia mediante un escrito de demanda, en el que se pone en conocimiento del juez la situación de una persona que necesita apoyos para el ejercicio de su plena capacidad jurídica y, siempre que sea posible, se propone a la persona física o jurídica que puede prestar el apoyo.

No conlleva la pérdida de ningún derecho, sino que para ejercerlos y hacer valer sus intereses será necesario contar con el apoyo de otra persona (tutor/a o persona cuidadora), previamente nombrada por el/la juez.

Es un procedimiento que se inicia mediante un escrito de demanda ante el juzgado de primera instancia. Para ello es necesario contar con un abogado y un procurador. Puede solicitarse por la propia persona o por aquellas que tengan un vínculo familiar (cónyuge, hijos/as, nietas/os, padres, hermanos/as, otros), pero si estas no existieran o no lo hubieran solicitado, podría realizarlo de oficio el Ministerio Fiscal.