En Castilla y León, el procedimiento para solicitar autorización previa está regulado por la Orden SAN/1008/2014, de 18 de noviembreEste enlace se abrirá en una ventana nueva. El formulario de solicitud se dirigirá a la Gerencia de Salud de Áreade la provincia donde la persona asegurada tenga adscrita su tarjeta sanitaria. Las solicitudes podrán presentarse de forma electrónica, en http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva, donde también puededescargar el modelo de solicitudEste enlace se abrirá en una ventana nueva.

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

a) Copia del informe clínico detallado emitido por un profesional que deberá contener inexcusablemente:

- Breve resumen de la historia clínica del paciente.

- Patología, prueba diagnóstica o tratamiento para el que se solicita la asistencia.

- Revisiones que deben realizarse y plazo estimado para las mismas.

- Otros datos que se considere oportuno reseñar.

b) Se debe especificar el centro o servicio donde solicita que se realice la técnica, prueba/tratamiento así como la duración estimada del mismo.

Además, deberá presentar copia del D.N.I o NIE del solicitante o del representante, en el caso de actuar por medio de éste, salvo que se autorice expresamente en la solicitud a la Gerencia Regional de Salud la verificación directa de sus datos de identificación personal. Si se identificaran con el pasaporte, se deberá acompañar inexcusablemente copia del mismo.

La Gerencia de Salud Área competente resolverá en el plazo máximo de 45 días concediendo o denegando la autorización para recibir la asistencia sanitaria transfronteriza. Transcurrido dicho plazo si no se dicta resolución expresa se podrá entender concedida la autorización.

Contra la Resolución, el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud.