Sí, el paciente adelanta el dinero y la Gerencia Regional de Salud le reembolsará los gastos hasta la cuantía que esa misma asistencia hubiera supuesto de prestarse en el territorio de Castilla y León conforme a lo previsto en Sólo se garantizará el reembolso si la asistencia prestada está incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

El paciente debe anticipar el coste de los gastos derivados de la asistencia sanitaria recibida. Serán reembolsados hasta la cuantía que esa misma asistencia hubiera supuesto de prestarse en el territorio de Castilla y León, conforme a lo previsto en el Decreto 78/2008, de 13 de noviembre, por el que se aprueban los precios públicos por actos asistenciales y servicios sanitarios prestados por la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León a pacientes no beneficiarios de la Seguridad Social o cuando existan terceros obligados al pago, con los nuevos importes recogidos en Anexo del Decreto 83/2013Este enlace se abrirá en una ventana nueva, de 26 de diciembre por el que se aprueban los nuevos importes de los precios públicos de la Comunidad de Castilla y León; sin que en ningún caso exceda del coste efectivamente abonado. No se reembolsarán los gastos de alojamiento o viaje.

La disposición adicional primera de la LEY 11/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Reestructuración del Sector Público Autonómico, establece que en el Servicio de Salud de Castilla y León, se utilizarán como tarifas aplicables tanto para el reembolso de los costes sufragados por los pacientes asegurados que hayan recibido asistencia sanitaria en otro Estado miembro, así como para la correspondiente facturación por asistencia sanitaria transfronteriza, los precios públicos aprobados para actos asistenciales y servicios sanitarios prestados por la Gerencia Regional de Salud a pacientes no beneficiarios de la Seguridad Social o cuando existan terceros obligados al pago, sin exceder en ningún caso del coste real de la asistencia sanitaria efectivamente prestada.