• Son los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.

  • En la evaluación de riesgos se tendrá en cuenta los puestos de trabajo que son ocupados por discapacitados, adoptando las medidas preventivas y de protección necesarias.

  • Tienen derecho a que se les realice una evaluación específica de los riesgos del puesto de trabajo que ocupen o vayan a ocupar y a adaptar el puesto de trabajo a sus características físicas y psíquicas.