• La Consejería de Sanidad ha desarrollado una campaña de inspección centrada en cambiadores y tronas de mesas para niños pequeños

  • Se han tomado 43 muestras de productos, con el fin de efectuar las oportunas analíticas y de las etiquetas, para comprobar que la información que acompaña a estos artículos es la adecuada

  • En más de la mitad de las actuaciones instruidas, la decisión final ha sido de archivo y sólo en tres ocasiones se ha iniciado expediente sancionador



La Junta de Castilla y León ha realizado, durante los pasados meses de marzo y abril, una campaña de inspección de mercado con el objetivo de controlar varios productos de puericultura, en concreto el etiquetado y la composición de cambiadores y tronas de mesas para niños pequeños.

En términos generales, los artículos de puericultura son los productos destinados a garantizar la alimentación, el sueño, el cuidado general del cuerpo, la seguridad, facilitar el asiento, el baño, el transporte y la protección de los bebes y niños menores de cuatro años.

Con esta actuación, la Consejería de Sanidad ha verificado que, dado el riesgo que puede suponer para los consumidores utilizar los cambiadores y las tronas de mesa sin recibir las adecuadas instrucciones para un manejo correcto y seguro de estos productos y para su mantenimiento, la comercialización y la venta de ambos tipos de artículos se realiza con la información escrita suficiente para que los usuarios eviten los riesgos que pudieran surgir.

Los inspectores de la Dirección General de Salud Pública y Consumo han controlado 43 tipos de tronas y cambiadores y de su etiquetado, un 30% más de los inicialmente planificados, mediante visitas a establecimientos dedicados profesionalmente a la venta de artículos de puericultura en general, tales como cunas, coches de paseo, andadores, etc.

En total se han diligenciado 73 actuaciones en establecimientos, de las que 38 han finalizado con una decisión de archivo, al no haberse detectado infracción alguna a al normativa vigente; en quince ocasiones, la resolución tomada ha sido de apercibimiento, al tratarse de infracciones de escasa entidad, que no exigen un expediente sancionador sino una advertencia por escrito cuyo cumplimiento será comprobado por los inspectores de Consumo en una posterior visita; en diecisiete ocasiones, se ha optado por la comunicación a otros organismos competentes en razón de su ámbito territorial; y por último, se han iniciado tres expedientes sancionadores.