La prestación de la asistencia sanitaria se ha llevado tradicionalmente y en su mayor parte con medios y recursos propios del Sistema Sanitario Público, pero debido a la insuficiencia de los mismos para hacer frente a toda la demanda existente en la población excepcionalmente es preciso recurrir a la asistencia sanitaria con medios ajenos.

El art. 64 de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León, establece que:

"1. La iniciativa privada complementará las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público de Salud cuando resulte necesario, respetándose, en todo caso, los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración. Se ponderarán tanto la calidad del servicio prestado como el ahorro económico en las relaciones con la iniciativa privada.

2. Con carácter general las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público serán realizadas por el Sistema Público de Salud, pudiendo recurrir a la iniciativa privada, teniendo en cuenta, con carácter previo, la utilización óptima de los recursos sanitarios propios.

3. El Sistema Público de Salud de Castilla y León dará preferencia en sus relaciones con la iniciativa privada a las entidades que no tengan carácter lucrativo, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto de la prestación."

Las formas de participación de la iniciativa privada se regula en el art. 65 de la citada norma: "La participación de las entidades privadas en la realización de las prestaciones del Sistema Público de Salud podrá formalizarse a través de cualquiera de los medios válidos en derecho, en particular, constitución de personas jurídicas, convenios de colaboración, conciertos sanitarios en los términos establecidos en el artículo 90 de la Ley General de Sanidad, así como a través de su financiación en los términos establecidos en el capítulo IV del título III de la presente Ley; todo ello sin perjuicio de las fórmulas contractuales previstas en la legislación en materia de contratación pública."

Los datos de actividad sanitaria concertada se encuentran en el siguiente enlace https://datosabiertos.jcyl.es/web/jcyl/set/es/salud/actividad-concertada-asistencia-sanitaria/1285054254922Este enlace se abrirá en una ventana nueva