La Junta de Castilla y León ha publicado, en la edición de hoy del Boletín Oficial de Castilla y León, una Orden de la Consejería de Sanidad "por la que se establecen los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigibles a los proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento y a los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria en la Comunidad de Castilla y León".

Esta normativa se enmarca en la regulación que lleva a cabo el Gobierno regional y que emana del Decreto autonómico 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y los procedimientos para autorizar centros, servicios y establecimientos sanitarios en nuestra región.

En este mismo marco, la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Junta ha elaborado ya varias órdenes, referidas a la regulación de establecimientos audio-protésicos; a las unidades de Medicina del Trabajo de los servicios de prevención de riesgos laborales; y ésta, ahora publicada, sobre proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento y servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria en Castilla y León, sectores a los que se unirá en próximas fechas la regulación que afectará a los laboratorios de análisis clínicos en la Comunidad.

También, en este mismo ámbito de control referido a los centros, establecimientos y servicios sanitarios de Castilla y León, la Junta está desarrollando, entre primeros de junio y hasta mediados del presente mes de noviembre, un plan de inspección de centros, establecimientos y servicios sanitarios de la región.

La finalidad de la Orden hoy publicada en el BOCyL es la de disponer de un marco legal suficiente que garantice a los ciudadanos castellanos y leoneses la calidad de los servicios que prestan estos proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento, mediante la exigencia de unas condiciones técnicas y unos requisitos mínimos para su puesta en marcha y funcionamiento.

En este sentido, la normativa de la Consejería de Sanidad se ocupa de apartados tales como el objetivo y el ámbito de aplicación de esta regulación; el régimen de autorizaciones administrativas; las obligaciones generales y responsabilidad de la actividad asistencial; requisitos de personal, estructurales y técnicos; documentación necesaria; centros móviles de asistencia sanitaria, etc.

En Castilla y León, actualmente, está registrados 6.353 centros sanitarios sin internamiento, de diferente tipología y otros 315 servicios sanitarios integrados en organizaciones no sanitarias, siendo su reparto provincializado el siguiente:


Provincias

Centros sanitarios

sin internamiento

Servicios sanitarios integrados

en organizaciones no sanitarias

ÁVILA

509

13

BURGOS

960

79

LEÓN

1.071

20

PALENCIA

502

30

SALAMANCA

921

60

SEGOVIA

497

25

SORIA

447

15

VALLADOLID

817

45

ZAMORA

629

28

CASTILLA

Y LEÓN

6.353

315