La Junta de Castilla y León y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid han firmado hoy el convenio por el que se crea un marco adecuado y actualizado para regular la colaboración entre la Gerencia Regional de Salud y las cuatro instituciones universitarias públicas de la Comunidad en los ámbitos de la docencia, la asistencia y la investigación sanitarias y que servirá como referente a la hora de establecer los respectivos conciertos específicos que regirán la relaciones entre las universidades y los hospitales universitarios castellanos y leoneses para el desarrollo de programas de formadores e investigadores en materias referidas a Ciencias de la Salud

El presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera Campo, ha presentado hoy el convenio firmado entre el consejero de Sanidad, Francisco Javier Álvarez Guisasola -en su condición de presidente de la Gerencia Regional de Salud- y los cuatro rectores de la instituciones universitarias públicas de la Comunidad (Alfonso Murillo Villar, de Burgos; José Ángel Hermida Alonso, de León; José Jesús Gómez Asencio, por suplencia del rector de Salamanca; y Evaristo Abril Domingo, de Valladolid), de este acuerdo marco que se enmarca en la Estrategia regional de investigación científica, desarrollo e innovación de Castilla y León 2007-2013 y, más concretamente, en las actuaciones a desarrollar por las Consejería de Sanidad y de Educación y por las universidades y centros de investigación castellanos y leoneses dentro del Programa estratégico regional de I+D+I.

El objetivo de este convenio marco es el de desarrollar los oportunos conciertos específicos entre la Gerencia Regional de Salud y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid que amplíen la colaboración existente en los ámbitos docente, asistencial e investigador y respondan a las nuevas exigencias surgidas de la formación práctica de los estudiantes y graduados en Ciencias de la Salud, poniendo para ello toda la estructura asistencial del Sistema sanitario regional a disposición de ser utilizado en la investigación sanitaria y para la docencia de los profesionales.

La colaboración a la que hacen referencia estos conciertos específicos se establecerá para la formación clínica y sanitaria de estudiantes de Medicina, de Enfermería, Farmacia y demás profesiones sanitarias procedentes de las cuatro universidades; en el caso de otros estudios de grado, máster y doctorado, esta cooperación podrá extenderse a la gestión sanitaria, formación continuada y a la investigación en materias de salud.

De esta forma se amplían las opciones para que los estudiantes de las distintas ramas sanitarias puedan realizar prácticas y se incrementa las posibilidades de rotaciones entre centros hospitalarios, lo que supone, además, el cumplimiento de uno de los objetivos perseguidos por el "Plan Bolonia".

RED DE HOSPITALES UNIVERSITARIOS Y OTROS CENTROS ASISTENCIALES SANITARIOS

De acuerdo con lo determinado en el acuerdo marco hoy firmado, la Gerencia Regional de Salud va a promover y facilitará los mecanismos necesarios para crear una Red de hospitales universitarios en Castilla y León que asegure el desarrollo de los programas de investigación y de docencia.

Así, tendrán consideración de "hospitales universitarios", además de los ya existentes (Hospitales Clínicos Universitarios de Salamanca y de Valladolid y el Hospital Universitario "Río Hortega", también de Valladolid), los Complejos Asistenciales de Burgos y de León, al haberse acreditado que reúnen los requisitos contemplados por el artículo 4º del Real Decreto 1558/1986.

Esta Red podrá ampliarse en función de las necesidades docentes; además, aquellas instituciones sanitarias que no cumplan con los requisitos que determina ese artículo 4º podrán efectuar conciertos con las universidades mediante la figura de "hospitales asociados", siempre que cumplan con la acreditación para la docencia de posgrado.

Por último, también podrán participar en esta Red los centros de salud que reúnan los requisitos y estén acreditados como tales y otros centros asistenciales que sean determinados desde la Gerencia Regional de Salud.

El acuerdo también establece, para el cumplimiento de los objetivos docentes e investigadores, la garantía de que las universidades podrán utilizar las instalaciones de los centros y servicios sanitarios que se requieran para la docencia y la investigación, en razón a cada programa curricular, facilitándose tanto la Gerencia Regional de Salud como las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid la utilización reciproca de sus medios e instalaciones.

Los conciertos específicos a firmar por la Gerencia Regional de Salud y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid se plasman en tres grandes áreas de intervención, cada una de ellos con los siguientes objetivos:

Docente

  • Promover la máxima utilización de los recursos sanitarios (humanos y materiales) del Servicio Regional de Salud de Castilla y León para la docencia universitaria de las diversas enseñanzas oficiales en Ciencias de la Salud, en los niveles de grado, máster y doctorado.
  • Cooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de la Salud en su más alto nivel, cuidando su actualización y reciclaje y favoreciendo su incorporación a la docencia universitaria.
  • Ofrecer un mayor número de oportunidades de prácticas a los estudiantes y opciones de rotación en los hospitales.

Asistencial

  • Cooperar para que las enseñanzas universitarias relacionadas con las Ciencias de la Salud puedan ser utilizadas para la mejora constante de la atención sanitaria.
  • Garantizar la mayor calidad asistencial posible en los centros sanitarios dependientes de la Gerencia Regional de Salud puestos a disposición de las universidades públicas de Castilla y León en lo referido a los temas interesados por el convenio ahora firmado.

De investigación:

  • Potenciar la investigación en las Ciencias de la Salud, coordinando las actividades de las universidades públicas de Castilla y León con las de las instituciones sanitarias, al objeto de lograr una mejor utilización de los recursos así como la puesta en marcha y consolidación de nuevos grupos de investigación.
  • Favorecer el desarrollo de departamentos universitarios en las áreas de salud, potenciando su coordinación con las unidades de investigación de hospitales y demás instituciones sanitarias y estimulando las vocaciones investigadoras.

PERSONAL QUE PARTICIPA EN LA DOCENCIA

La Junta y las universidades públicas de Castilla y León expresan a través del acuerdo su compromiso a favorecer e impulsar la incorporación, la vinculación y la integración de profesionales altamente cualificados en Ciencias de la Salud que, reuniendo las exigencias previstas en la legislación vigente en materia de educación universitaria y asistencia sanitaria, sea de interés para ambas partes y en el régimen más adecuado.

De esta manera, tendrán la consideración de "plazas vinculadas" aquellas plazas asistenciales de especialistas en Ciencias de la Salud y las docentes ocupadas por profesores pertenecientes a los cuerpos universitarios que figuren así denominadas en los conciertos que se suscriban entre cada universidad y SACYL.

Estas "plazas vinculadas" estarán en relación al número de alumnos y el régimen de dedicación para el profesorado será de dos tipos: a tiempo completo o parcial.

Su cobertura se realizará a través del oportuno concurso en el que podrán participar los candidatos que reúnan los requisitos señalados en la Ley orgánica 6/2001 de Universidades y acrediten además la posesión de especialistas que proceda y la experiencia asistencial reflejada en el Real Decreto 1558/1986.

Los profesores "vinculados" tendrán los derechos y deberes inherentes a su condición de miembros de los cuerpos docentes universitarios y del personal sanitario correspondiente.

Asimismo se podrá establecer vinculación entre las plazas asistenciales y las plazas de "contratado doctor", de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente y, en cada concierto específico, quedará establecido el número de plazas de "profesor asociado" perteneciente a la plantilla de cada universidad y que deberá, obligatoriamente, cubrirse por personal de la institución sanitaria concertada.

Estas plazas de "profesores asociados" serán convocadas anualmente por las universidades, con sus correspondientes perfiles, destinos y criterios de selección y la duración de estos contratos será de un curso académico, renovables anualmente.

Se facilitará, en todo caso, que los titulados en Ciencias de la Salud que estén en períodos de formación especializada y aquellos que habiendo superado esta fase formativa haya superado un contrato por dos años con la Gerencia Regional de Salud, puedan acceder a una plaza de "profesor asociado".

También los "profesores visitantes", los ayudantes LOU y los becarios de programas nacionales e internacionales se podrán incorporar a las funciones asistenciales si reúnen las condiciones de la especialidad sanitaria correspondiente.

De acuerdo con las directrices generales del Real Decreto 1558/1986, según las cuales todo servicio concertado lo será en su totalidad, cualquier facultativo o personal de Enfermería u otro profesional sanitario que, de forma habitual, participe en la docencia universitaria, podrá acceder al reconocimiento de la universidad correspondiente como "colaborador", de acuerdo con la normativa de cada institución universitaria.

En cuanto al "profesor contratado doctor" sus condiciones laborales será iguales que las del "profesor vinculado" y a los titulados en Ciencias de la Salud que estén realizando su período de formación especializada se les facilitará su participación en programas con la universidad que les permita enriquecer su futuro desempeño profesional en los ámbitos investigador, docente o asistencial; estos profesionales podrán tener la consideración de "colaboradores docentes".

La definición de la capacidad docente de las unidades asistenciales será competencia de la Gerencia Regional de Salud, basándose en los criterios de acreditación establecidos para cada especialidad que incluyen aspectos cuantitativos y cualitativos: entre los primeros, los cuantitativos, se valorará el número de facultativos por unidad y el conjunto de las actividades asistenciales; entre los cualitativos, se calibrará el perfil curricular de los facultativos, la naturaleza de las actividades asistenciales realizadas en la unidad y su actividad docente y de investigación.

Por último, los profesionales de la Gerencia Regional de Salud que estén en posesión del título de doctor podrán participar en la docencia de posgrado, así como impartir cursos o seminarios en el marco de los programas de doctorado coordinados por centros, departamentos o institutos universitario de investigación, siempre y cuando sea aprobado por el órgano competente en la materia y de acuerdo con la normativa propia de cada universidad.

COLABORACIÓN EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN

La Junta y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid también han plasmado en este acuerdo su compromiso de coordinación de las actividades de investigación que se realicen entre los departamentos universitarios y los servicios sanitarios, de manera que, además, se garantice el derecho y la obligación de realizar las actividades investigadoras inherentes a la condición de profesores universitarios, en particular en los referido a:

  • Promoción de planes de investigación conjunta en áreas de las Ciencias de la Salud, elaborándose éstos de común acuerdo por las instituciones concertantes.
  • Se promoverá la formación de equipos investigadores integrados por el personal universitario y hospitalario.
  • Se facilitará la utilización conjunta de los recursos humanos, materiales e institucionales destinados a la investigación en cada institución.
  • Se garantizará una organización de servicios básicos comunes de apoyo a la investigación.
  • Establecimiento de un sistema de intercambio de información sobre las actividades de investigación que se realicen, sobre los inventarios de medios materiales e instrumentales de los que se disponga, sobre la producción científica que se genere, los programas de financiación que se obtengan y sobre cualquier otra información que permita una mayor y mejor coordinación y cooperación entre las instituciones concertantes.

Una comisión paritaria de investigación entre cada universidad y la Gerencia Regional de Salud será la encargada de trabajar para alcanzar los objetivos referidos a la investigación que se determinan en el convenio marco y que se trasladará a los conciertos específicos