La nueva medida entra en vigor el 1 de julio


El 86% de los pensionistas abonarán menos de 8 euros al mes por sus medicamentos


El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, ha informado sobre la puesta en marcha de la modificación de la aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica recogida en el RD 16/2012. Los sistemas informáticos de hospitales, centros de salud y oficinas de farmacia están ya adaptados parasu correcto desarrollo.


El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, ha explicado hoy los detalles de la aplicación del RD 16/2012 en materia de aportación de los usuarios para la obtención de productos farmacéuticos dispensados en la oficina de farmacia a través de receta oficial, una de las nuevas medidas desarrolladas para la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.


Esta nueva modalidad de aportación incorpora criterios de progresividad en funcióndel nivel de renta de los ciudadanos de forma que se suprime la de algunos colectivos como los parados sin subsidio y se incrementa para otros en proporción a sus niveles de renta. Se supera así una vieja división de los ciudadanos en activos y pensionistas para vincular su aportación a su capacidad económica. La adaptación a esta nueva modalidad ha requerido cambios en la base de datos de tarjeta sanitaria, en la Historia Clínica electrónica, en el sistema de Información hospitalario así como otras en las aplicaciones que se utilizan para la gestión de las recetas dispensadas en las oficinas de farmacia.


El pasado 18 de junio el Ministerio de Sanidad facilitó la base de datos que incluye los códigos de aportación de cada uno de los 2,4 millones de ciudadanos con derecho a la asistencia sanitaria pública en Castilla y León. Esta información integra datos delInstituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que se actualizarán mensualmente, y del Ministerio de Hacienda, que se actualizarán anualmente tras la correspondiente declaración de la renta. Tras su depuración estos datos se han incorporado a nuestros sistemas para hacer posible la aplicación de la nueva modalidad de aportación.


De esta forma, las recetas emitidas e impresas por los sistemas de prescripción electrónica incorporarán en la parte superior derecha el nivel de aportación que corresponde a cada usuario. Para hacer esto posible, se ha desarrollado una nueva versión de la historia clínica electrónica de Medora que permite incorporar esta información en las recetas impresas tanto en los centros de salud como en aquellos hospitales donde está implantado el módulo de prescripción electrónica (primero en los hospitales Río Hortega, Burgos y Soria, y próximamente en Ávila, Segovia, Medina del Campo y Miranda de Ebro).


IMAGEN DE RECETA EN ARCHIVO ADJUNTO


En los centros en los que todavía se utilizan recetas manuales, la nueva versión de Medora junto a la actualización del HIS permitirá la impresión de etiquetas con la información relativa al paciente y su nivel de aportación, que se adherirán en la parte superior derecha de la receta.


Para adaptar estos procedimientos, desde la publicación del Real Decreto-ley se ha mantenido una estrecha comunicación con los gestores, médicos y farmacéuticos para que las medidas puedan aplicarse con normalidad el día 1 de julio. Asimismo, se han llevado a cabo encuentros con los representantes de los Colegios de Farmacéuticos en los que se ha analizado la aplicación de esta modificación.


Los tipos de aportación según la situación de renta de los ciudadanos son los siguientes:

TIPO

Situación

% aportación hasta julio 2012

% aportación nueva

Código de aportación

ACTIVOS

Desempleados que han agotado el derecho a subsidio y perceptores de rentas de integración social

40%

0%

TSI001

Rentas <18.000 €/año

40%

40%

TSI003

Rentas >18.000 y <100.000 €/año

40%

50%

TSI004

Rentas >100.000 €/año

40%

60%

TSI005

Síndrome tóxico; discapacidad * ; accidente de trabajo

0%

0%

TSI001

PENSIONISTAS

Pensiones no contributivas; síndrome tóxico

0%

0%

TSI001

Pensiones contributivas <18.000 €/año

0%

10% hasta un máximo de
8 €/mes

TSI002

Pensiones contributivas >18.000 y <100.000
€/ año

0%

10% hasta un máximo de
18 €/mes

TSI002

Rentas >100.000 €/año

0%

60% hasta un máximo de
60 €/mes

TSI005

* Según la normativa vigente


Hay que señalar que en Castilla y León, el porcentaje de pensionistas (con pensiones contributivas y no contributivas) que aportarán menos de 8 euros mensuales será el 86%; el porcentaje es del 83,6% si nos referimos a las pensiones contributivas, y la cifra alcanza el 92% en el caso de aquellos que pagarán menos de 13 euros cada mes; asimismo, el 96% de los pensionistas no llegarán a los 18 euros mensuales.


Para el caso de los pensionistas que superen los límites máximos mensuales de su aportación, está previsto hacer un reintegro de gastos de forma automatizada. La normativa estatal prevé su devolución en un período semestral aunque en Castilla y León se realizará cada tres meses en Castilla y León. Para ello debe constar en la parte superior derecha de la receta el Código de Identificación del Paciente (CIP) y el tipo de aportación en formato de texto legible y en formato codificado (PDF bidimensional).


Estas tecnologías permiten la lectura óptica de los datos de la receta y realizar así el reintegro de las cantidades correspondientes en la cuenta del titular de la pensión. De esta forma, no será necesario que se efectúe la solicitud del reintegro de los gastos abonados en concepto de aportación en la oficina de farmacia.


En el caso de que el paciente no estuviera de acuerdo con la cantidad abonada, podrá solicitar una revisión de reintegro de gastos. Esta revisión será habitual, por ejemplo, en el caso de las recetas dispensadas en otras comunidades autónomas, ya que no se dispone de la información de los productos dispensados a cada paciente en otra comunidad.


Como se ha señalado, la base de datos se actualizará periódicamente incorporando los cambios que puedan producirse en la situación laboral o niveles de renta de las personas. La distribución de los ciudadanos por tipo de aportación y área de salud en este momento es la siguiente:

APORTACIÓN

LÍMITE

ÁVILA

BURGOS

LEÓN

PONFERRADA

PALENCIA

SALAMANCA

Exentos

5.293

6.826

8.877

5.279

4.570

9.295

10%

8 euros

42.538

73.368

88.596

37.759

41.307

83.490

10%

18 euros

5.427

24.533

19.409

12.388

9.528

15.284

40%

Sin límite

79.429

154.042

145.386

61.037

72.999

162.610

50%

Sin límite

22.821

91.340

57.814

21.424

31.247

57.378

60%

Sin límite

381

1.830

1.143

305

486

1.376

60%

60 euros

92

321

301

75

107

241

Mutualistas Sacyl

Sin límite

1.801

3.917

3.062

785

1.166

5.075

Total

157.782

356.177

324.588

139.052

161.410

334.749

APORTACIÓN

LÍMITE

SEGOVIA

SORIA

VA OESTE

VA ESTE

ZAMORA

TOTAL

Exentos

2.728

1.340

5.605

7.207

5.126

62.146

10%

8 euros

32.174

22.407

43.860

62.366

55.321

583.188

10%

18 euros

6.308

4.691

15.776

17.381

6.688

137.414

40%

Sin límite

75.465

41.382

114.192

128.196

84.588

1.119.331

50%

Sin límite

27.774

17.806

66.337

49.089

22.364

465.396

60%

Sin límite

473

350

1.589

935

294

9.162

60%

60 euros

80

74

207

246

71

1.815

Mutualistas Sacyl

Sin límite

2.173

1.378

3.155

2.330

2.293

27.135

Total

147.175

89.428

250.721

267.750

176.745

2.405.587