Mediante el Acuerdo 103/2004, de 29 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la compensación económica de los desplazamientos del personal de las Instituciones Sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León en el ámbito de la Atención Primaria y Especializada y otras medidas complementarias, se estableció, en su apartado cuarto, la creación de un fondo de compensación de daños sufridos por accidente de circulación en vehículos particulares utilizados para

efectuar desplazamientos a los consultorios locales o a las consultas ambulatorias periféricas de especialidades médicas, así como para atender los avisos domiciliarios, a los que se refiere el apartado tercero del Acuerdo citado.

Por otro lado, la Orden SAN/905/2005, de 24 de junio, de la Consejería de Sanidad («B.O.C. y L.» de 12 de julio de 2005), establece las Bases que han de regir en las convocatorias de ayudas económicas para compensar los gastos ocasionados por daños en los vehículos particulares derivados de accidentes de circulación acaecidos por razón del servicio para el personal de Atención Primaria y Atención Especializada de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.