El Real Decreto 487/2022, de 21 de junioEste enlace se abrirá en una ventana nueva, tiene como objeto la prevención y control de la legionelosis, mediante la adopción de medidas higiénico-sanitarias adecuadas en aquellas instalaciones en las que Legionella es capaz de proliferar y diseminarse.

Las autoridades sanitarias son las competentes para velar por el cumplimiento de lo establecido en la norma citada, así como para dictar las medidas encaminadas a la prevención y control de la legionelosis. En el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, esta labor se lleva a cabo desde la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.

Las entidades que efectúan tratamientos deben estar inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicio Biocidas de una Comunidad Autónoma, siendo válido para trabajar en cualquier otra.

El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Castilla y León se puede consultar en este enlaceEste enlace se abrirá en una ventana nueva.