1. REGISTRO DE PACIENTES PENDIENTES DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA PROGRAMADA

Incluye a todos los pacientes con prescripción no urgente de un procedimiento quirúrgico, establecida por un médico especialista quirúrgico, una vez concluidos sus estudios diagnósticos, aceptada por el paciente, y para cuya realización requiera la utilización de quirófano.

Exclusiones:

  • Procedimientos que de forma habitual se realizan en consultas o salas de curas.
  • Pacientes que van a ser intervenidos de forma programada durante el episodio de hospitalización en que se establece la indicación.
  • Pacientes con prescripción de intervención quirúrgica urgente.

2. CLASIFICACIÓN DE PACIENTES EN LISTA DE ESPERA QUIRÚRGICA

Los pacientes inscritos en el Registro de Lista de espera quirúrgica se clasifican, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 605/2003, de 23 de mayo, por el que se establecen las medidas para el tratamiento homogéneo de la información sobre las listas de espera en el Sistema Nacional de Salud, en función del tipo de espera como:

2.1.Pacientes en espera estructural: son aquellos pacientes que, en un momento dado, están pendientes de ser intervenidos quirúrgicamente, y cuya espera es atribuible a la organización y recursos disponibles.

2.2. Pacientes en espera tras rechazo a la propuesta de intervención en un centro alternativo: son aquellos pacientes pendientes de una intervención quirúrgica, cuyaespera es motivada por la libre elección del ciudadano.

2.3. Pacientes transitoriamente no programables: son aquellos pacientes pendientes de una intervención quirúrgica, cuya programación no es posible en un momento dado por alguno de los siguientes motivos:

  • Pacientes en espera por motivos clínicos, que contraindican o no aconsejan temporalmente la intervención.
  • Pacientes en espera por solicitud de aplazamiento de la intervención (motivos personales y/o laborales del paciente).

Pacientes en espera no estructural: Incluye los pacientes que, en un momento dado, se encuentran pendientes de intervención quirúrgica, pero cuya espera no es atribuible a la organización y a los recursos disponibles. Son los pacientes incluidos en los apartados 2.2 y 2.3.


3. PRIORIDADES DE UNA INDICACIÓN QUIRÚRGICA.

Las prioridades para una indicación quirúrgica son:

Prioridad 1: pacientes cuyo tratamiento quirúrgico, siendo programable, no admite una demora superior a 30 días.

Prioridad 2: pacientes cuya situación clínica o social admite una demora relativa, siendo recomendable la intervención en un plazo inferior a 90 días.

Prioridad 3: pacientes cuya patología permite la demora del tratamiento, ya que aquélla no produce secuelas importantes


4. PACIENTES EN ESPERA ESTRUCTURAL POR TRAMOS DE ESPERA.

Número de pacientes pendientes de intervención quirúrgica (en espera estructural), en cada uno de los tramos de tiempo de espera definidos:

  • ≤ 90 días: Número de pacientes pendientes de intervención cuya espera es menor de 90 días.
  • 91-180 días: Número de pacientes pendientes de intervención cuya espera se encuentra situada entre los 91 y 180 días.
  • 181-365 días: Número de pacientes pendientes de intervención cuya espera se encuentra situada entre los 181 y 365 días.
  • > 365 días: Número de pacientes pendientes de intervención cuya espera supera los 365 días.

5. DEMORA MEDIA: TIEMPO MEDIO DE ESPERA DE LOS PACIENTES PENDIENTES DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA.

Es el tiempo promedio, expresado en días, que llevan esperando los pacientes pendientes de intervención desde la fecha de entrada en el Registro (fecha de prescripción de la intervención) hasta la fecha final del período de estudio.