* Derecho a presentar reclamaciones relativas a defectos de funcionamiento, estructura, recursos, organización, trato, asistencia u otras cuestiones análogas relativas a los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

* Derecho a presentar sugerencias que tengan como finalidad promover la mejora del grado de cumplimiento y observación de los derechos y deberes de los usuarios, del funcionamiento, organización y estructura de los centros, servicios o establecimientos sanitarios, del cuidado y atención a los usuarios y en general, de cualquier otra medida que suponga una mejora en la calidad o un mayor grado de satisfacción de las personas con el Sistema Sanitario.

En ambos casos se tendrá derecho a recibir respuesta razonada por escrito en el plazo de treinta días, salvo que la reclamación o sugerencia la haya presentado de forma anónima.