Los Derechos y Deberes de los pacientes aquí presentados, parten de la necesidad de armonizar las relaciones que se establecen entre los diversos elementos del sistema sanitario y sus pacientes en las condiciones que un estado democrático fundamentado en la libertad y respeto a la dignidad humana exige.

La realidad y efectividad de la libertad e igualdad del individualismo y los grupos en que se integra, que señala como responsabilidad de los poderes públicos el artículo 9.2 de nuestra Constitución, llevada al terreno de la protección de la salud en su artículo 43, y en la Ley General de Sanidad (29 de Abril de 1986) en su artículo 10.

En la medida en que ésta Carta sirva para armonizar Derechos y Deberes de la persona conjugando por un lado la irrenunciabilidad sobre la propia salud y sobre los recursos sanitarios, será útil tanto para el paciente como para quienes desarrollan su actividad profesional dentro del Sistema Sanitario.