Son las estructuras de coordinación sociosanitaria en el ámbito del área de salud. Las conforman profesionales técnicos y de gestión, que asesoran y realizan propuestas de mejora a niveles superiores, a la vez que apoyan y supervisan a los ECB.

Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión de Coordinación desarrollará las siguientes funciones:

  1. Conocer los recursos, así como los servicios sanitarios y sociales y los procedimientos asistenciales de su demarcación geográfica.
  2. Resolver los problemas de atención social y/o sanitaria que surjan en el contexto de la atención sociosanitaria en el Área de Salud.
  3. Constituir los Equipos de Coordinación de Base, analizar su organización, y proponer modificaciones tanto en su número como en su composición si se considerase necesario, para su posterior aprobación por el Equipo Técnico.
  4. Supervisar periódicamente los ECB: seguimiento de su actividad, apoyo y asesoramiento, difusión de la información, etc.
  5. Establecer los protocolos y procedimientos necesarios para una adecuada coordinación que tenga como fin la mejora de la atención sociosanitaria.
  6. Detectar necesidades de formación y proponer acciones formativas dirigidas a los profesionales que integran los ECB y la Comisión.
  7. Proponer líneas de investigación en relación con la atención sociosanitaria.
  8. Analizar y evaluar la actividad sociosanitaria y elaborar una memoria anual.