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El derecho a presentar reclamaciones y sugerencias en el ámbito sanitario se encuentra reconocido en la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud que ha sido objeto de desarrollo por el Decreto 40/2003, de 3 de abril, relativo a las guías de información al usuario y a los procedimientos de reclamación y sugerencia en el ámbito sanitario.

Las reclamaciones y sugerencias constituyen la expresión de la participación de cada ciudadano en el Sistema Sanitario dado que, a través de él, los usuarios manifiestan su opinión sobre su funcionamiento. Al mismo tiempo, se configura como un cauce de defensa del resto de los derechos sanitarios de los usuarios.

Asimismo, esun instrumento fundamental empleado habitualmente por las distintas organizaciones, tanto públicas, como privadas para conocer la percepción que de las mismas tienen los destinatarios de sus servicios, así como su grado de satisfacción.

El conocimiento de esta percepción de los usuarios permite, además, en el ámbito público, la adopción de medidas de mejora de la calidades los diversos centros del Sistema de Salud de Castilla y León, permitiendo así aumentar, en la medida de lo posible, la eficiencia de medios personales y materiales, la simplificación de trámites, o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción con el servicio que se presta.