NOVEDAD: Actualización de la fecha a 6 de octubre de 2021, del aviso sobre la denegación de acceso a las historias clínicas para carrera profesional.

06/10/2021

AVISO A TODO EL PERSONAL EN RELACIÓN CON SOLICITUDES DE ACCESOS A LOS HISTORIALES CLÍNICOS DE LOS PACIENTES A LOS FINES DE COMPLEMENTAR LA DOCUMENTACIÓN PARA ACCESO A CARRERA PROFESIONAL

Aranda de Duero, 6 de octubre de 2021

Se vienen recibiendo solicitudes formuladas por personal facultativo y de enfermería interesando autorización para acceder a los historiales clínicos de pacientes con finalidad de complementar la documentación para el reconocimiento de carrera profesional, una vez superada la fase de méritos curriculares.

Ante tal petición de autorización de acceso, planteada la cuestión relativa a lo que pretende, esta gerencia, en su condición de responsable del fichero, cuestiona la legitimación para el acceso basado en las siguientes consideraciones: la LOPD, en referencia a los datos de salud, establece, como regla general, que el tratamiento de datos de carácter personal requiere el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa. Igualmente, y para los datos de salud, señala que solo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así los disponga una ley o el afectado consienta expresamente, con las excepciones correspondientes contempladas en la propia ley, cuestiones que, por otra parte, no impiden que los centros sanitarios puedan tratar los datos de las personas que acudan a los mismos o hayan de ser asistidos de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones vigentes.

A la vista de cuanto antecede, y considerando las previsiones recogidas en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones, en materia de información y documentación clínica, respecto al uso y derecho de acceso a los historiales clínicos (art. 14 y ss.), no parece que el personal facultativo y de enfermería, a los fines que pretende, puedan considerarse legitimados para acceder a los historiales clínicos, dado que tal acceso tiene un objetivo privado, como es que se les reconozca la carrera profesional.

Por cuanto antecede, la acreditación se realizará a través de una declaración jurada sobre la actividad asistencial por parte del propio interesado y, no obstante, pueden acceder al portal de salud en donde se encuentra la información necesaria para su presentación y acreditación. Asimismo, tienen a su disposición un correo electrónico en el que pueden plantear las dudas que puedan surgir: carreraprofesional.grs@saludcastillayleon.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva.

Evaristo Arzalluz Ruiz
Gerente de Atención Especializada