En el documento de instrucciones previas, también denominado testamento vital o voluntades anticipadas, una persona mayor de edad, capaz y libre, puede manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos, con el objeto de darle cumplimiento en caso de que se llegase a situaciones en las que ya no pudiera ser capaz de expresarlo personalmente.

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