PROCEDIMIENTO PARA LAS OPERACIONES CON UAS (DRONES) EN LA ZONA DE TRÁNSITO DEL HELIPUERTO DEL HOSPITAL DE SEGOVIA.


La entrada en vigor en el año 2020 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión Europea de 24 de mayo de 2019 relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas, supone la necesidad de establer unas normas de gestión y coordinación de vuelos, en los términos que marca el Reglamento y la normativa aplicable actual.

El Hospital General de Segovia es el titular de un helipuerto donde aterrizan y despegan los helicópteros de emergencias para la prestación de asistencia urgente y traslado de pacientes en horario diurno los 365 días del año. Ese movimiento de aeronaves no está definido y por tanto sus acciones se pueden producir en cualquier momento del día y por tanto la coordinación se ha de adaptar a la incertidumbre de su necesidad. Por ello, con la nueva normativa, el ser titular de la infraestructura de helicópteros conlleva una serie de responsabilidades asociadas a esa titularidad y también una serie de limitaciones para las eronaves no tripuladas que quieran operar en la zona de tránsito del helipuerto.

Lo fundamental de la existencia de un helipuerto es que cualquier aeronave no tripulada sea del tipo que sea ha de realizar sus operaciones de vuelo como principio general fuera de la zona de tránsito de este helipuerto y a una distancia mínima de 8 km desde el punto de referencia de la zona de aterrizaje en los términos que establece el artículo 45.3b) del Real Decreto 1180/2018,Este enlace se abrirá en una ventana nueva de 21 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; de igual manera se establece para los vuelos recreativos según la Disposición Adicional 2ª del Real Decreto 1036/2017Este enlace se abrirá en una ventana nueva. No obstante, este artículo permite reducir esa distancia mínima cuando se acuerde entre el responsable de la infraestructura y el operador del UAS mediante un procedimiento de coordinación.


Es por ello que de acuerdo con las facultades y obligaciones que a este respecto tiene el Hospital General de Segovia, se determina el procedimiento de coordinación con aquellos operadores que quieren proceder a realizar un operación de vuelo de drones, en el ámbito de tránsito del helipuerto del Hospital a menos de 8 km del mismo.

PROCEDIMIENTO DRONES JULIO 2023 (942.8 KB ) (6 páginas)

SOLICITUD DE COORDINACION ENTRE OPERADOR DE UAS Y HELIPUERTO DE SEGOVIA (821.1 KB )